Ecuador: Banco Central obliga a bancos a invertir 350 millones de dólares en papeles del Estado – La Republica
El Banco Central, mediante Regulación 020-2011, publicada en el Registro Oficial del 7 de julio de 2011, dispuso que, como parte de sus Reservas Mínimas de Liquidez, las instituciones financieras inviertan obligatoriamente el 1% de sus captaciones del público en títulos emitidos por instituciones financieras públicas, como la CFN, y otro 1% en títulos emitidos por el Estado. Ese 2% equivale a cerca de 350 millones de dólares, según cifras de la Superintendencia de Bancos con corte al mes de mayo de 2011.
Antes de la Regulación 020-2011, el Banco Central había emitido un listado de instrumentos financieros en que las instituciones financieras podían invertir las Reservas Mínimas de Liquidez. La Regulación 020-2011 cambia la palabra “podrán” por “deberán”, y agrega, en ese listado, un 1% en títulos emitidos por el Estado, que antes no constaba (solo constaba, como facultativo, el 1% en títulos emitidos por instituciones financieras públicas).
El Art. 308 de la Constitución establece que es responsabilidad de los administradores de los bancos velar por su solvencia. Pese a esto, el Banco Central ha pasado a emitir órdenes sobre cómo deben las instituciones financieras invertir los recursos que reciben de los depositantes.
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